Informaciones generales

El presente instrumento presenta las condiciones generales del arriendo de vehículos motorizados entre San Martín Rent a Car Rut. 76.051.382-2, domiciliada en Freire 1702, Concepción como arrendador y el cliente como arrendatario. Para todos los efectos legales los documentos que componen el arriendo son El Contrato, el Acta de Entrega y los Términos y Condiciones que se enumeran a continuación.

Tarifa lo que incluye:

  • Libertad de circulación por todo el territorio nacional sin limitación de kilometraje.
  • Seguro básico con deducible, autos, camionetas y van, de 15 UF. En caso de siniestro sin terceros involucrados, deducible de 20 UF. Consulte opciones.
  • Asistencia en la ruta las 24 horas del día todos los días del año.

Tarifa lo que no incluye:

  • Tag
  • Coberturas adicionales al seguro básico. 
  • Seguro con cobertura total.
  • Seguro por robo o pérdida de accesorios
  • Salir del territorio nacional
  • Combustible del vehículo.

Requisitos de arriendo:

  • La edad que debe tener el conductor debe ser mayor o igual a 22 años.
  • La licencia del conductor debe estar vigente mínimo hasta la fecha de devolución del vehículo.
  • La licencia del conductor debe ser adecuada al vehículo que desea arrendar el cliente. 
  • La cédula de identidad o pasaporte del conductor deben estar vigentes hasta la fecha de devolución del vehículo.
  • Tarjeta de crédito del arrendatario (a su nombre), con un cupo disponible de por lo menos $600.000 CLP

 

Primero: Contrato y Acta de entrega.

El contrato de arriendo señalará  la individualización del cliente, el plazo del arrendamiento del vehículo, adicionales que se estimen necesarios, coberturas y en sí, toda particularidad que no se incluyan en los términos y condiciones.

Dentro del Acta de entrega se señalará, además de la individualización del cliente, los datos del vehículo arrendado, la fecha y hora de entrega del vehículo, equipamiento y/o  equipo adicional del vehículo y el detalle de cualquier particularidad en la carrocería o en el interior del vehículo arrendado.

Segundo: Entrega

El arrendador se compromete a entregar el vehículo motorizado en óptimas condiciones para ser utilizado, con toda la documentación necesaria y exigida por la ley para el uso natural del vehículo, con todos los accesorios de seguridad obligatorios, así como también los accesorios de seguridad adicionales que contrate el cliente. Todo lo anteriormente descrito, va a constar en el documento del Acta de entrega que el cliente deberá firmar.

Tercero: Plazo

El plazo de duración del arrendamiento del vehículo motorizado se regirá por lo estipulado en el contrato suscrito entre el arrendador y el arrendatario. En caso de que el arrendatario desee una extensión del plazo del arrendamiento del vehículo, este debe ser solicitado con un plazo no menor a 24 horas antes del vencimiento del plazo original estipulado en el contrato, enviando mensaje escrito al correo reserva@sanmartinrentacar.cl . Dicha solicitud debe ser aprobada por parte del arrendador para que se haga efectiva la extensión del plazo de arrendamiento.

De no existir una autorización expresa del arrendador para extender el plazo del arrendamiento del vehículo, cualquier retraso en la entrega del vehículo arrendado que exceda 1 hora el término del plazo estipulado en el contrato, obliga al arrendatario a pagar por día adicional de ocupación del vehículo el valor estipulado  por día de arrendamiento, recargado en un cien por ciento.

Cuarto: Devolución técnica

El arrendatario deberá efectuar la devolución del vehículo en el día y hora pactado en el contrato, o en el caso de que se solicite y autorice una extensión del plazo, en el día y hora que se haya pactado como término en dicha extensión. Posterior a ese momento queda prohibido hacer uso del vehículo, sin excepción alguna.

Al terminar el plazo estipulado, el arrendador no tendrá la obligación de responder por cualquier acto o hecho que pueda suceder por el uso del vehículo, asumiendo por completo la responsabilidad por estos actos o hechos el arrendatario. Además, terminado el plazo de arrendamiento, cualquier cobertura contratada queda de manera automática sin efecto.

El arrendador queda facultado desde el momento del término del plazo pactado en el contrato a interponer la respectiva denuncia por apropiación indebida, sin perjuicio de cualquier otra acción que sea procedente.

Si el arrendatario hace uso del depósito de llaves que tiene a disposición el arrendatario, la revisión del vehículo se realizará de forma posterior, lo que, en caso de que exista un daño no declarado por el clienta tanto en la carrocería interna como externa del vehículo, puede generar un cobro extra, el que será calificado de acuerdo a la magnitud del daño.

Quinto: Devolución material

El arrendatario tiene la obligación de devolver el vehículo en las mismas condiciones en las que fue entregado, lo que estará respaldado en el Acta de entrega, resguardando la higiene tanto al interior como exterior del vehículo y devolviendo la documentación y accesorios entregados.

En caso de que el vehículo motorizado no sea entregado en buenas condiciones, o en discrepancia con algún punto señalado en el Acta de entrega, podría ser causal de incurrir en algún costo extra como motivo de multa. Dicha multa será establecida de acuerdo con la magnitud de dicho daño o discrepancia.

En caso de que la carrocería del vehículo, tanto al interior como exterior, sea devuelta con alguna mancha que requiera lavado especial para su remoción o limpieza, el valor de ese lavado especial será de cargo exclusivo del arrendatario, que se le cobrará con un recargo especial de 1 UF más IVA.

En caso de que exista daño o robo y que cause daño a la carrocería tanto interna como externa del vehículo, o que extravié documentos esenciales para la correcta circulación de este, el arrendatario es plena y directamente responsable frente al arrendador de estos daños, salvo que el cliente contrate una cobertura adicional que lo libere de esta responsabilidad.

El arrendatario se compromete y obliga a devolver el vehículo con el mismo nivel de combustible con el que fue entregado por el arrendador. De no ser así, se realizará un cobro de 1.800 CLP por litro faltante de combustible, más IVA.

Sexto: Garantía de arriendo

El arrendatario deberá entregar una garantía, correspondiente a un monto de dinero, el cual asegure el cumplimiento de las obligaciones del arrendatario. Dicho monto será determinado de acuerdo con el tipo de vehículo arrendado, no siendo inferior al monto correspondiente a $600.000 CLP.

Dicho monto será tomado desde una tarjeta de crédito del cliente, quedando el arrendatario autorizado a retener dicho monto aún después terminado el plazo del contrato, siempre y cuando se encuentren pendientes la liquidación de cargos adicionales, de cargos demorados o no haya sido determinada aún la responsabilidad del arrendatario en algun hecho o daño.

El arrendatario autoriza expresamente al arrendador, para que este realice el cobro, ya sea total o parcialmente, con el fin de satisfacer las cantidades que adeude el cliente por cualquier motivo, como así también de los cargos demorados que tengan origen en el contrato suscrito, desde el monto dado en garantía. En caso de que el monto dejado en garantía no logre cubrir la cantidad adeudada por el arrendatario al arrendador, el arrendatario autoriza expresamente al arrendador a que realice otra retención, hasta satisfacer íntegramente lo adeudado.

 

Séptimo: Uso

El vehículo arrendado deberá ser utilizado conforme a sus características técnicas, limitándose su circulación al territorio nacional de Chile. El conductor está obligado a observar rigurosamente las leyes de tránsito, asegurándose de portar todos los documentos necesarios para circular en dicho territorio. En caso de presentarse algún desperfecto en el vehículo, el Cliente no podrá realizar ni autorizar reparaciones, debiendo notificar de inmediato al arrendador. Todos los costos asociados a la reparación del vehículo que no estén cubiertos por alguna póliza contratada serán responsabilidad exclusiva del Cliente. En tales situaciones, el arrendador enviará un informe detallado de los daños junto con un presupuesto, a través de correo electrónico u otro medio previamente registrado por el cliente

Octavo: Conductor

 

El vehículo sólo podrá ser operado por las personas designadas en el contrato como Conductores o Conductores Adicionales. Para agregar un conductor adicional, se requerirá la presentación de una copia de la licencia de conducir, cédula de identidad o pasaporte, y cualquier otra documentación especial que sea necesaria. El cliente asegura que la información proporcionada es precisa y veraz. En caso de falsedad, falta de integridad de estos datos, ya sea total o parcialmente, y/o el incumplimiento de las condiciones establecidas, el Cliente asumirá la plena responsabilidad de las consecuencias legales, sin perjuicio de la obligación de indemnizar al Arrendador.

 

Noveno: Responsabilidades

El arrendatario conlleva todos los riesgos que conlleva la posesión, utilización y circulación del vehículo, sea cual sea el caso, ya sea por los daños tanto interiores como exteriores al vehículo, daños a personas o bienes de un tercero, liberando de esta forma al arrendador de cualquier responsabilidad.

El arrendatario asume cualquier responsabilidad legal, administrativa o monetaria de cualquier infracción a la ley de tránsito u otras normas o leyes que regulen el uso de vehículos motorizados por el tiempo que se encuentre vigente el plazo del contrato o esté el vehículo en su poder, sea quien sea el conductor del vehículo.

Respecto a la responsabilidad monetaria, el arrendatario debe restituir al arrendador de cualquier suma de dinero que se haya obligado a pagar producto de hechos acontecidos durante la vigencia del contrato o mientras el vehículo se encuentre en poder del arrendatario, salvo que la cantidad adeudada quede cubierta íntegramente por alguna cobertura contratada por el arrendatario en el contrato de arriendo.

El arrendatario autoriza al arrendador a pagar el importe de las multas o infracciones cursadas durante la duración del contrato de arrendamiento o durante el tiempo que el arrendatario posea el vehículo. Dichos montos serán reembolsados en su totalidad por el arrendatario al arrendador, y además, el arrendatario deberá pagar al arrendador el cargo de 1 UF más IVA por conceptos de gastos administrativos. Este monto será descontado desde la garantía otorgada o será cargada a la tarjeta de crédito del arrendatario.

 

Décimo: Prohibiciones.

El arrendatario se compromete a utilizar el vehículo de forma adecuada y responsable.

Se consideran causales de incumplimiento de contrato, lo que da derecho al arrendador a terminar anticipadamente y de forma unilateral el contrato, sin derecho a indemnización alguna al arrendatario o a devolución de cualquier cobertura, las siguientes prohibiciones:

  • Hacer uso del vehículo con uso distinto a lo estipulado o usual, destinarlo al transporte remunerado o como vehículo de servicio público.
  • Utilizar el vehículo con carga o funcionalidad que se contrapongan con lo estipulado por el fabricante.
  • Utilizarlo en labores ilícitas o peligrosas tales como apuestas, desafíos, carreras u otras.
  • Utilizar el vehículo arrendado para remolcar o empujar a otros vehículos.
  • Conducir bajo los efectos del alcohol, drogas o cualquier sustancia estupefaciente o sustancias que puedan alterar los sentidos independientemente de la cantidad que haya ingerido.
  • Falsedad o falta de integridad total o parcial de los documentos solicitados.
  • Trasladar el vehículo fuera del territorio nacional, salvo de una autorización por escrito del Arrendador.
  • Conducir por caminos no habilitados para el tránsito vehícular.
  • Realizar cualquier tipo de reparación y/o modificación sin autorización escrita por parte del Arrendador.
  • Que el vehículo arrendado sea conducido por personas no autorizadas expresamente en el contrato.
  • Cometer infracciones graves o gravísimas según la ley de tránsito.  
  • Exceder los límites de velocidad establecidos.
  • Subarrendar o ceder el uso del vehículo a un tercero.
  • Queda absolutamente prohibido fumar dentro del vehículo. En caso de que el Automóvil sea devuelto con olor a Cigarrillo o quemaduras de cigarrillo en el tapiz, el respectivo lavado de Tapiz  o reparación de tapiz será de cargo exclusivo del arrendatario, quien además deberá pagar 1 UF por concepto de multa.

 

Undécimo: Reemplazo

En caso de fallas no atribuibles al uso o incidentes no excluidos en las coberturas, el vehículo será reemplazado sin cargo adicional. El reemplazo se realizará por otro vehículo de igual categoría, sujeto a disponibilidad; de lo contrario, podría ser de una categoría diferente a discreción del Arrendador. El cliente deberá seguir el procedimiento establecido para siniestros y cumplir con sus disposiciones para solicitar el reemplazo. Si el vehículo se vuelve inoperativo debido a mal uso, infracción de prohibiciones establecidas, o causales de exclusión de coberturas, el contrato se terminará de inmediato sin reemplazo. En este caso, el arrendatario no tendrá derecho a indemnización y se cobrará el plazo total del arriendo, además de los costos y daños derivados del incidente.

Duodécimo: Cancelación

Las cancelaciones deben realizarse con al menos 72 horas de antelación para ser elegibles para un reembolso completo, para la solicitud de reembolso debe enviar un correo a reserva@sanmartinrentacar.cl  indicando su nombre, número de reserva u contrato y una explicación de su solicitud. De no cumplir con los requerimientos, San Martín Rent a Car hará valido su derecho a ejecutar el cobro por un día de arriendo u el 50% del total de la reserva.

Las cancelaciones realizadas dentro de 48 horas antes de la fecha de recogida estarán sujetas a un cargo de cancelación del 50% del total de la reserva.

Decimotercero: Modificar reserva

Se permite solicitar modificar la reserva sin costo adicional si la solicitud se realiza con al menos 48 horas de antelación, pudiendo realizarse un máximo de una modificación por reserva. La solicitud debe realizarse al correo reserva@sanmartinrentacar.cl 

Las modificaciones realizadas con un tiempo inferior a 48 horas antes de la hora de recogida pueden estar sujetas a tarifas adicionales.

Decimocuarto: No presentación (No show)

Se considera «No Show» cuando el cliente no se presenta para recoger el vehículo en la fecha y hora acordadas.

Las reservas marcadas como «No Show» no son reembolsables y pueden estar sujetas a cargos adicionales.

Decimoquinto: TAG

El arrendador tiene la opción de utilizar el servicio de TAG (pago electrónico de peajes en las autopistas de Chile). Al optar por usar el servicio, el cliente acepta cubrir todos los costos asociados del mismo. En caso de que el cliente no realice el pago del servicio, San Martin Rent a Car se reserva el derecho de cargar el costo del servicio más el costo de la multa por no pago. Además del costo del servicio y la multa por no pago, se aplicará un cargo adicional del 50% como gasto administrativo en concepto de procesamiento y gestión de la situación.

San Martin Rent a Car informará al cliente sobre cualquier cargo relacionado con el TAG y proporcionará detalles sobre el costo del servicio, la multa por no pago y el gasto administrativo. Al firmar el contrato de alquiler, el cliente autoriza al Arrendador a cargar los costos asociados con el TAG utilizando la información de pago proporcionada en el momento de la reserva.